EL CODIGO PENAL ARGENTINO como todos los códigos del mundo dispone que
los jueces puedan decretar la prisión preventiva de personas que están siendo investigadas
y/o procesadas por un determinado delito.
La prisión preventiva está limitada a ciertos casos especiales :
-cuando existe la posibilidad de que el acusado
huya
-cuando el acusado tiene poder para obstaculizar las investigaciones
-cuando por la naturaleza del crimen ( ej. un asesino
serial ) el acusado puede reiterar su conducta delictiva-.
EN
JUJUY DESCUBRIERON Y LUEGO CEDIERON EL KNOW HOW AL GOBIERNO FEDERAL , LA FORMA
DE UTILIZAR LA PRISION PREVENTIVA COMO INSTRUMENTO DE PERSECUCION Y/O TORTURA
SICOLOGICA.
Es que es el único caso en que la Legislación
permite que alguien sea preso sin condena previa.
El descubrimiento del Gobierno de Jujuy y de sus
asesores es que se puede fabricar la capacidad del acusado de obstaculizar las investigaciones
y consecuentemente se puede poner preso a cualquiera SIN CONDENA , A VECES SIN
ESTAR PROCESADO sólo invocando esta capacidad de impedir que se investigue.
Y CUANDO DIGO A CUALQUIERA QUEIRO DECIR A
CUALQUIERA. Basta que alguien lo denuncie por cualquier cosa, sea tan ilógica como
sea porque lo que interesa no es la condena ni el proceso. Interesa que exista
la causa para en su seno decretar la prisión preventiva. En este sentido a
partir de la aplicación sistemática de este método se vuelve verdadera la
aseveración de un líder opositor : ESTAMOS TODOS EN LIBERTAD CONDICIONAL
Y a partir de la aplicación masiva de este descubrimiento
fueron marchando presos los políticos kirchnernistas ( es sospechoso que los
miembros del anterior gobierno sean declarados como dotados de poder para
obstaculizar investigaciones, mientras los miembros del actual gobierno que un
alma ingénua como la mía diría que tienen más posibilidades de obstaculizar, no
son objeto de trato similar –MACRI Y
VARIOS MINSITROS TENDRIAN QUE ESTAR
PRESOS SI SE LES APLICARA ESTE CRITERIO )-
Se dan así dos absurdos :
-
Personas que han perdido el poder son acusadas de poder obstaculizar las investigaciones.
Personas que están en el poder, no.
-
Se ha dispuesto la prisión preventiva
de personas acusadas en causas que en el caso de llegarse a una sentencia
condenatoria proudicirían penas de ejecución en suspenso o sea que la persona
sería liberada si es condenada, pero permanece presa mientras el proceso se
desarrolla lo más lentamente que se pueda para poder prolongar la situación.
ESTE USO CASUISTICO DE UNA INSTITUCION LOGICA Y
NECESARIA DEL SISTEMA PENAL ESTA HACIENDO CRUJIR LOS CIMIENTOS DEL ORDEN
JURIDICO ARGENTINO.
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