miércoles, 7 de marzo de 2018

LA LEY A ESTUDIO ESTABLECE SUBREPTICIAMENTE EL ABORTO EN CUALQUIER ETAPA DE LA GESTACION ASI SEA DE 5 MESES O 6 MESES



DICE EL PROYECTO




DICE EL PROYECTO :

Artículo 3: Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo primero, y más allá del plazo establecido, 
Toda mujer tiene derecho a interrumpir su embarazo en los siguientes casos:
  1. Si el embarazo fuera producto de una violación, con el sólo requerimiento y la declaración jurada de la persona ante el profesional de salud interviniente.
  2. Si estuviera en riesgo la vida o la salud física, psíquica o social de la mujer, considerada en los términos de salud integral como derecho humano.
  3. Si existen malformaciones fetales graves.


Sencillamente terrible por dos causas :
1-declara en este caso inaplicacble el plazo máximo de gestación , de modo que podría por ejemplo practicarse el aborto en contra de una criatura de 5 o 6 meses
2-para que se considere que hubo violación y por lo tanto no rija el plazo máximo de 14 semanas que establece la norma en su artículo primero , que por lo visto caerá rápidamente en desuso,        BASTA LA PALABRA DE LA INTERESADA EN QUE LE PRACTIQUEN EL ABORTO.
Se desprende de esto cualquier mujer haya sido violada o no podrá presentarse y exigir que le practiquen el aborto después de las 14 semanas, asi sea en la semana 32 de la gestación, con solo afirmar que fue violada. No se requeire prueba.

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