domingo, 15 de diciembre de 2019

LA AFIP Y EL ENCARCELAMIENTO DE LOS DUEÑOS DE C5N





EL QUID DE LA CUESTION DE LA CAUSA PENAL CONTRA LOS DUEÑOS DEL GRUPO INDALO Y C5N ESTA EN LA ACUSACION DE QUE COBRARON EL IMPUESTO SOBRE COMBUSTIBLES Y RETUVIERON ESE DINERO  QUE ERA DEL ESTADO UTILIZANDOLO PARA INVERSIONES DE LA EMPRESA.
O SEA AQUÍ SE TRABAJA CON LA DIFERENCIA ENTRE CONTRIBUYENTE Y AGENTE DE RETENCION.
EL CONTRIBUYENTE QUE NO PAGA ES UN MOROSO Y ESTA SUJETO A MULTAS Y ACCIONES JUDICIALES DE COBRO CON EVENTUAL EMBARGO DE SUS BIENES. NO EXISTE EN EL CODIGO PENAL ARGENTINO LA PRISION POR DEUDAS. EXISTEN SOLO PENAS PATRIMONIALES.
 EL AGENTE DE RETENCION QUE RETIENE EL DINERO RECUADADO POR CUENTA DEL ESTADO ESTA INCURRIENDO EN  UNA APROPIACION INDEBIDA DE FONDOS QUE NO SON SUYOS Y UNA MALVERSACION DE FONDOS PUBLICOS Y ESO ES UN DELITO CASTIGADO POR EL CODIGO PENAL
LA AFIP DENUNCIO AL GRUPO INDALO E HIZO ENCARCELAR A SUS DIRIGENTES POR EL DELITO DE RETENCION DE FONDOS PUBLICOS PORQUE HABRIA COBRADO DEL PUBLICO EL IMPUESTO A LOS COMBUSTIBLES Y NO LO HABIA VERTIDO A LAS ARCAS DEL ESTADO.
SUCEDE QUE LA EMPRESA DEL GRUPO INDALO NO VENDIA COMBUSTIBLE AL PUBLICO Y POR LO TANTO NO RECAUDABA EL IMPUESTO DE COMBUSTIBLES. LA EMPRESA ERA MAYORISTA Y LE VENDIA EL COMBUSTIBLE A LAS ESTACIOENS DE SRVICIO QUE ERAN ENTONCES LAS QUE RECAUDABAN EL IMPUESTO Y DEBIAN REPASARLO AL ESTADO.
EN SU DECLARACION FRENTE AL TRIBUNAL EL DIRECTOR DE LA AFIP RESPONDE A LA PREGUNTA DE SI CONOCIA CUAL ERA LA ACTIVIDAD ECONOMICA DEL GRUPO INDALO ( PREGUNTA CAPITAL PARA DIFERENCIAR SI ERA CONTRIBUYENTE O AGENTE DE RETENCION ) RESPONDE CON UN SORPRENDENTE “ NO SE “  O SEA QUE LA AFIP DENUNCIO AL GRUPO Y OBTUVO EL ENCARCELAMIENTO DE SUS DIRECTIVOS SIN SABER SI REALMENTE HABIA COMETIDO UN DELITO. TERRIBLE. DEBIERON DETENERLO EN EL ACTO Y PROCESARLO   AL QUEDAR COMPROBADO QUE HABIA ACUSADO SIN SABER Y HABIA LOGRADO EL ENCARCELAMEINTO DE 2 CIDUADANOS SIN SIQUIERA SABER SI HABIAN COMETIDO DELITO ALGUNO, SIENDO QUE DE HECHO NO .LO HABIAN COMETIDO.
QUEDO EN EVIDENCIA ENTONCES QUE EL DIRECTOR DE LA AFIP PERMITIO QUE SU ENTE FUERA UTILIZADO COMO ARMA EN LA PERSECUCION POR PARTE DEL GOBIERNO DE UN GRUPO ECONOMICO QUE ENTRE OTRAS COSAS ADMINISTRABA EL UNICO CANAL DE TV QUE TENIA UNA LINEA INFORMATIVA NO OFICIALISTA.
Y PARA HACERLO LOS DENUNCIARON POR UN DELITO QUE EN EL MEJOR DE LOS CASOS NO SABIAN SI HABIAN COMETIDO.

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