martes, 20 de agosto de 2013

LEY DE MEDIOS EN URUGUAY- MI OPINION

Ayudado por los intercambios de opinion ( algunos de ellos en rdealidad discusiones ) que sostenido en estos dias, he llegado a clarificar totalmene mi posicion sobre el Proyecto de >Ley de Medios a estudio del Parlamento uruguayo y quiero dejar sentada mi vision final sobre el tema 1-SOY TOTALMENE CONTRARIO A TODA MEDIDA QUE RESTRINJA LA LIBERTAD DE EXPRESION, QUE EStA BAJO LA PROTECCION DE LA CONsTITUCION URUGUAYA Y DE LA DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DEECHOS DEL HOMBRE 2-En consecuencia si el proyecto contiene alguna disposicion qjue lo vulnera, debera ser eliminda o modificada para que deje de imponer limitaciones. 3-Creo que es muy diferente hablar de libertad de expresion y libertad de progmacion. El Estado puede y debe intervenir en la segunda con toda una serie de objetivos : proteger la industria cultural nacional, `proteger a los menores de programas nocivos para su formacion en los horarios de proteccion, elevacion del nivel de calidad de la `programacion. Es asi que creo firmemente en la adopcion de `porcentajes indicativos minimos de produccion nacionl, en la imposicion de limitaciones a las escenas de violencia durante el horaio de proteccion al menor y en la imposicion de limitaciones a la publicidad que busca manipular la siquis de los espectadores para llevarlos a consumir algo `por las razones equivocadas ( Ej. Comprar un auto de determinada marca porque con el se seduce mas mujeres )-Se exccluye obviamene l publicidad de indole pòlitico que mno puede ser objeto de limitacion alguna 4-Desisto con dolor a mi iniciativa de que deberia restringirse la cantidade de minutos de la programacion diaria a la exposicion de accidentes y hechos de violencia, asi como la explotacion morbosa de las noticias, exhibiendo cadaveres, huellas de sangre o el mero dolor de las victimas. Desisto porque es una limitacion que muy facilm,ene puede ser confundida con censura y no queiro debilitar las chances de la ley. 5-Sostengo que el Consejo que se crea deberia funcionar en el area parlamentar ( no del Ejecutivo ) y que su designacion deberia requerir mayorias especiales.

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