viernes, 10 de marzo de 2023

LOS FUNDAMENTOS DE LA CONDENA-CASI UNA CONFESION DE PARCIALIDAD DE LOS JUECES

 

 

La fundamentacion de la condena a cristina Kirchner en la causa de vialidad, es prácticamente una confesión de los jueces de la ausencia de pruebas y por ende de la injusticia de la condena, que seria totalmente ilegal y debiera ser revocada por un tribunal superior que recibiera la apelación. Esto si hubiera un tribunal superior independiente porque el que hay esta integrado por jueces que eran asiduos visitantes a las reuniones en la vivienda  de Macri.

 

No puedo evitar recordar a modo de preámbulo lo acontecido con LULA en una situación similar. LULA  era acusado de haber recibido como soborno un apto. de lujo en uno de los mas caros balnearios de Brasil. Aparte de que la acusacion en si iba reñida contra toda lógica porque era impensable que un hombre que había sido durante 2 periodos de gobierno presidente de la 8ª. mayor economía del mundo se vendiese por tan poca cosa, estaba el hecho nada desdeñable  de que no se consiguió probar que el apto.perteneciese a Lula y el Juez Moro lo admite en el fallo en el que lo condena ( no se pudo probar que el apto.fuera de Lula pero tengo la intima convicción de que lo era – dice ) a años de prisión y a la proscripcion electoral que en definitiva abrió camino a la elección de Bolsonaro que en una de sus m,edidas iniciales designo Ministro ….AL JUEZ MORO ¡!! , que en su visita a BA fue recibido como un semidios viviente por las autoridades del régimen de Macri.

Aquí los jueces abundan en disquisiciones sobre lo difícil que es probar la existencia de sobreprecios, tanto que los peritajes oficiales ordenados por el tribunal dictaminaron que no los hubo .Por ello recurrieron a una suerte de pericia hecha por los propios jueces sin intervención de técnicos, en la cual se llega a la conclusión de que hubo sobreprecios pese a la opinión en contrario de los peritos.

Y dando asi por probada la existencia de sobreprecios pasan a determinar que hubo una red de corrupción entre las mas altas autoridades que se valio de ellos para ganar dinero en beneficio propio.

Lo dice AMBITO FINANCIERIO EN SU NOTA, QUE DEBE LEERSE EN SU INTEGRIDAD

Lo llamativo es que, para saldar este “detalle”, el Tribunal hizo una especie de pericia propia, en donde sacó promedios de los ítems de obras para comparar. “Hemos realizado una simple tarea de constatación y proyección del método, partiendo de la incorporación a una tabla de cálculo la totalidad de los ítems de las ofertas correspondientes a los expedientes originales DNV nros. 13.191/2006, 16.957/2008 y 18.295/2008, sus cantidades y los precios originales de las ofertas adjudicatarias. Luego incorporamos los valores asignados a cada ítem por la firma CPC SA, actualizamos utilizando el mismo coeficiente de la pericia oficial y así pudimos obtener un monto nominal en pesos a la fecha de la licitación original”, explicaron los jueces. Y así concluyeron: “es evidente que las ofertas realizadas y adjudicadas a las empresas controladas por Lázaro Antonio Báez en 2006 registraban sobreprecios. Es decir, al menos en el marco de los expedientes DNV nros. 16.957/2008, 18.295/2008 y 13.191/2006, y aún considerando la hipótesis de mínima, existió una diferencia de por lo menos $95.318.337,40, $58.727.721,01 y $31.330.695,98, respectivamente, considerando precios nominales al momento del proceso licitatorio original”.

 

Cristina entonces habría favorecido los negocios de LAZARO BAEZ y se habría cobrado una parte mediante operaciones comerciales. Para esto los jueces resucitan la acusación contra ella en la causa HOTESUR- LOS SAUCES, pasando totalmente por alto de que esa causa ya estaba cerrada y Cristina había sido sobreseída. Por esta via indirecta se llegaba a que Cristina fuera juzgada dos veces por el mismo supuesto delito, pese a que eso es contrario a toda la doctrina jurídica y a la jurisprudencia.

“Báez cobraba irregularmente montos millonarios del Estado nacional y luego los destinaba a operaciones privadas con la ex presidenta de la Nación, quien permitió y facilitó la erogación de ese dinero guiada por un claro interés personal”. Lo que no terminan de dejar en claro los magistrados es la prueba concreta del supuesto “interés” o dolo de Cristina. Por el contrario, a la conclusión de su responsabilidad arriban por asociación de hechos e indicios.

 

Por ultimo los jueces defendieron su decisión de incorporar audios con diálogos de JOSE LOPEZ que fueron incorporados a la causa después de cerradas las audiencias por lo que ninguno de los acusados pudo defenderse de lo que en ellos se dice.

 

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