miércoles, 7 de marzo de 2012

QUIEN TIENE QUE PEDIR PERDON E INDEMNIZAR ?, Y A QUIEN ?





Para empezar hay que diferenciar dos niveles de respuesta : la justicia penal que impone penas a quienes cometieron ciertas ilegalidades, la justicia civil que es la que imponme sanciones economicas reparatorias a esos mismos responsables .
 La llevada y traida Ley de extinción de  la pretension punitiva del Estado cerraba la via penal pero no contemplaba el caso de la justicia civil. O sea que una victima de la violencia de aquellos aciagos dias  no podria  pedir la prision de los culpables pero si reclamar indenizacion de ellos.

Pero hay que entrar a analizar las diferentes situaciones  de las victimas, porque no todas ellas tienen la misma respuesta.

1-     TENEMOS LAS VICTIMAS MILITARES Y POLICIALES  DE LA GUERRILLA. Es obvio que murieron obedeciendo ordenes del Estado que los llamo para defenderse del ataque que estaba sufriendo . Y es por lo tanto obligacion inexcusable del Estado de indemnizar a sus deudos. ( el Estado tendra el derecho de reclamar resarcimiento economico de los causantes si tienen bienes y los causantes  no son otros que los que tomaron la decisión de partir para la lucha armada..) No cabe en este caso hablar de un pedido de perdon de parte del Estado porque el Estado no hizo nada errado con ellos. Los llamo a combatir porque para eso eran m,ilitares y porque eran necesarios en ese momento. Si alguien debe disculparse ante las familias son quienes lanzaron el movimiento armado que acabo produciendo sus muertes.
2-     TENEMOS LOS GUERRILLEROS MUERTOS EN COMBATE – No creo que quepa en este caso ni indemnización ni pedido de perdon alguno.  La persona que decidio libremente tomar las armas y luchar contra el Estado era consciente de la responsabilidad  y el riesgo que asumia  y no pueden sus familiares reclamar porque esos riesgos se hayan materializado.

3-TENEMOS LAS PERSONAS QUE ESTANDO DETENIDAS E INDEFENSAS FUERON EJECUTADAS, HAYAN SIDO O NO GUERRILLEROS. Y LAS PERSONAS TORTURADAS, VIOLADAS Y SOMETIDAS EN GENERAL A UN TRATO INHUMANO. En este caso corresponde que el Estado indemnice y se disculpe, porque fueron las personas que este habia contratado y encargado de la lucha las que cometieron esos actos de barbarie. Nuevamene, el Estado podra  reclamar el reembolso del dinero que tenga que pagar como indenizacion a las personas de sus fuerzas que actuaron por fuera de la Ley cometiendo esas aberraciones.Pero ante las victimas el resposnable es el Estado, que eligio mal a sus agentes.

4- Y EN ULTIMO LUGAR TENEMOS LOS CASOS DE PERSONAS QUE FUERON TORTURADAS O MUERTAS ESTANDO INDEFENSAS EN MANOS DE LOS GUERRILLEROS.  El Estado no puede ser juzgado culpable en este caso y por ende no puede pedirsele indenizacion o pedido de perdon, ya que no fueron fuerzas suyas sino fueras enemigas quienes perpetraron estos hechos. Quienes tienen que disculparse y hacer frente a las demandas de indemnizacion con sus bienes personales son quienes perpetraron esos actos.

POR ULTIMO UNA REFLEXION IMPORTANTE : SE HA ARGUMENTADO QUE HABIENDO SIDO LOS HECHOS QUE MOTIVAN RECLAMACIONES  COMETIDOS POR LA DICTADURA MILITAR, LOS CIUDADANOS NO TIENEN POR QUE PAGAR LAS CONSECUENCIAS.


   SERIA UN ARGUMENTO BASTANTE INTERESANTE DE ANALIZAR, PERO INFELIZMENTE URUGUAY YA NO PUEDE APLICAR ESE RAZONAMIENTO PORQUE ASUMIO POR EJEMPLO LA DEUDA EXTERNA CONTRAIDA POR LA DICTADURA, Y SERIA INCONSISTENTE AHORA APLICARLES A LOS FAMILIARES DE LAS VICTIMAS UN CRITERIO DIFERENTE DEL QUE SE APLICO A LA BANCA.
INCONSISTENTE , INJUSTO E INMORAL.

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