martes, 6 de marzo de 2018

EL ABORTO COMO PROBLEMA JURIDICO




De entrada hay un grave obstáculo para la aprobación del aborto : SE REQUEIRE EL VOTO FAVORABLE DE LOS 2/3 DE LSO DIPUTADOS Y DE LOS SENADORES.
POR QUE ¿?
El artículo 75 invciso 22 resolvió dar estatus constitucional a una serie de Tratados firmados por la Argentina y para DENUNCIARLOS SE REQUIERE LA INICIATIVA DEL Presidente y los 2/3 de cada Cámara . En primer lugar la  La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, que incluye entre los derechos el fundamental derecho a la vida y define el inicio de tales derechos a partir de la concepción..
En segundo lugar , ya a nivel planetario, la Convención sobre los Derechos del Niño que no tenía una definición sobre el inicio de estos derechos, pero que Argentina se lo agregó en el momento de adherirse indicando que el inicio de los derechos del niño es en el momento de la concepción.



Y por último tenemos el problema no menor del CODIGO CIVIL que deberá ser reformado en lo atinente al derecho sucesorio del niño por nacer. Según la norma actual , el niño es sujeto de derecho desde la concpeción y altera la vía sucesoria supeditada a que nazca hábil y viva por lo menos 24 hs.
Si se alera esto y se legaliza el aborto puede ser un magnífico método para alterar quienes s son los herederos de alguien  que haya fallecido.



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